jueves, 16 de noviembre de 2017

Actividades exentas del IVA



Las actividades exentas de IVA son aquellas entregas de bienes o prestaciones de servicios que la Ley del IVA establece que no deben someterse a gravamen. Entre estas actividades se distinguen las exenciones plenas y las exenciones limitadas.

Las actividades exentas de IVA incluyen los servicios educativos, tales como la educación hasta el nivel de posgrado, la enseñanza de idiomas, etc. A su vez, incluyen también las clases particulares cuya materia esté incluida en el plan de estudio de cualquier nivel educativo.

Productos y servicios exentos de IVA - Bienes

  • El suelo.
  • Construcciones adheridas al suelo usadas sólo como casa habitación (los hoteles sí pagan IVA).
  • Libros, periódicos y revistas. También el derecho a usar o explotar una obra por parte de su creador.
  • Bienes muebles usados (excepto los enajenados por empresas).
  • Comprobantes para participar en loterías, rifas o sorteos (pero los premios están sujetos a la Ley del Impuesto sobre la Renta).
  • Piezas de oro o de plata denominadas onza troy.
  • Documentos pendientes de cobro y títulos de crédito.
  • Lingotes de oro con contenido mínimo de 99% de dicho material (ventas al menudeo para público en general).

Productos y servicios exentos de IVA - Servicios

  • Las comisiones y demás contraprestaciones derivadas del acreditado hacia su acreedor por otorgamiento de créditos hipotecarios ya sea para adquirir, ampliar, construir o reparar inmuebles destinados al uso como habitacional.
  • Las comisiones que cobren las Afores o bien las instituciones de crédito que administren el ahorro para el retiro de los trabajadores a los que se refiere la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y la Ley del ISSSTE.
  • Servicios prestados de forma gratuita (no se puede hacer esto los cuando los beneficiados son miembros, socios o asociados de la persona moral que preste el servicio).
  • Los servicios de enseñanza a cargo del gobierno federal, Ciudad de México (antes Distrito Federal), Estados, Municipios y organismos descentralizados.
  • El transporte público terrestre en zonas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas.
  • El transporte internacional de bienes por mar prestado por personas residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
  • Por servicios proporcionados a miembros (contraprestaciones y cuotas) tratándose de:
  • Partidos, asociaciones, coaliciones y frentes políticos.
  • Sindicatos obreros y organismos que los agrupen.
  • Cámaras de comercio e industria.
  • Agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.
  • Asociaciones patronales y colegios de profesionales.
  • Asociaciones o sociedad civil con fines científicos, políticos, religiosos y culturales.

1 comentario:

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